Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
1º RATIFICAR
1º RATIFICAR la Resolución AN-GRLPZ-LAPLI/69/2013 de 9 de abril, cursante de fs. 98 a 99, pronunciada por el Administrador de Aduana Interior a.i. La Paz de la Gerencia Regional de la Aduana Nacional, que dispuso “No ha lugar” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jorge Manuel Francisco Forgues Valverde, en representación legal de la empresa POLITEX S.A.
- Administrador de Aduana Interior a.i. La Paz de la Gerencia Regional de la Aduana Nacional,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- “No ha lugar”
- I.4. Trámite procesal ante la Comisión de Admisión
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. R
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- II.4. Análisis del caso concreto
- 1º RATIFICAR