AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
I.4. Trámite procesal ante la Comisión de Admisión
Por memorial de 16 de mayo de 2013 (fs. 1 a 2 vta.), el representante de la parte accionante interpuso “recurso de queja” (sic) ante este Tribunal contra el Administrador de Aduana Interior La Paz de la Aduana Nacional, solicitando se ordene que ajuste sus actos a lo establecido por los arts. 79, 80 y 81 del CPCo, y remita en revisión la acción de inconstitucionalidad concreta, a fin que éste emita su pronunciación.
Por su parte, la Comisión de Admisión por decreto de 20 del mismo mes y año (fs. 4), otorgó el plazo de cuarenta y ocho horas a la citada autoridad para que informe con relación a dicha acción de control normativo; habiéndose remitido por nota AN-GRLPZ-LAPLI-SPCE/845/2013 de 4 de junio, presentado el 7 de junio de 2013 (fs. 154 a 156.).
- Administrador de Aduana Interior a.i. La Paz de la Gerencia Regional de la Aduana Nacional,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- “No ha lugar”
- I.4. Trámite procesal ante la Comisión de Admisión
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. R
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- II.4. Análisis del caso concreto
- 1º RATIFICAR