AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2013-CA

Fecha: 05-Jul-2013

II.3. Análisis del caso concreto

Se constata que en la presente acción, se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 120 de la LP y 20 de su Reglamento aprobado por DS 778; ahora bien, de la revisión del memorial formulado, se desprende que la misma se sustenta con una debida fundamentación jurídico constitucional, destacando la duda razonable con relación a la constitucionalidad de las normas impugnadas.

Se advierte además que en el caso en análisis, se encuentra en curso de la fase preliminar dentro del proceso penal; es decir, en los actos iniciales de la etapa preparatoria -según el entendimiento contenido en la SC 1036/2002-R de 29 de agosto-; en consecuencia, se encuentra en término legal respecto del cual se emitirá una decisión que dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los preceptos cuestionados.

Consiguientemente se tiene que la parte accionante consignó su nombre, apellido y generales de ley, acreditando ser afectado por las normas impugnadas, expuso además los antecedentes que dieron origen para interponer la presente acción de inconstitucionalidad. Identificó las disposiciones legales cuestionadas, así como los preceptos constitucionales que se consideran infringidos, expresando la fundamentación jurídica constitucional, por la que desarrolla los motivos por los que considera que son contrarias a la Ley Fundamental, y finalmente solicitó se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra las normas impugnadas en base y consideración de lo expuesto y fundamentando en el memorial de la acción.