AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2013-CA

Fecha: 10-Jul-2013

Fragmento 5

         Conforme lo previsto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), la Comisión de Admisión en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales; observará, si fuera el caso, el incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 24 de ese Cuerpo Normativo. A su vez, el art. 27.I del referido procedimiento, determina que: “Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos o subsanadas las observaciones hechas a la acción presentada, la Comisión de Admisión en un plazo no mayor de cinco días se pronunciará sobre la admisión o rechazo de acuerdo con el procedimiento establecido en el presente Código”.