Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0294/2013-CA
Fecha: 29-Jul-2013
2°
2° ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Germán Apolinar Miranda Guerrero y Ponciano Ruíz Quispe, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 192, 196, 198.II y 200 de la Ley del Órgano Judicial, por ser supuestamente contrarios a los arts. 14, 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 120, 178, 180.I, 410.I y II de la CPE; 8.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y, 7 y 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- Juez Primero Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Pando,
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite Procesal
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°