AUTO CONSTITUCIONAL 0294/2013-CA
Fecha: 29-Jul-2013
Fragmento 2
Por memorial presentado el 15 de marzo de 2013, cursante de fs. 213 a 227 vta., los accionantes manifiestan que, a raíz de la denuncia incoada en su contra por María Esther Caero Silva, ex Jueza Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria del departamento de Pando, el Juez Primero Disciplinario de la Oficina del Consejo de la Magistratura del mismo departamento, mediante Auto de apertura de proceso de 30 de octubre de 2012, dispuso la admisión de la misma, por la supuesta comisión de faltas gravísimas previstas en el art. 188.2, 3 y 10 de la LOJ. Ante ésta situación y antes de emitirse pronunciamiento dentro del referido proceso, plantearon esta acción de inconstitucionalidad contra los arts. 192, 196, 198.II y 200 de la mencionada Ley, por considerar que infringen los arts. 14 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 120, 178, 180.I, 410.I y II de la CPE; 8.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14.2 del PIDCP; y, 7 y 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- Juez Primero Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Pando,
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite Procesal
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°