El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0756/2013-Lde 30 de julio; en base a los siguientes fundamentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0756/2013-Lde 30 de julio; en base a los siguientes fundamentos:

Fecha: 30-Jul-2013

II.4

II.4   El Inspector Departamental de Trabajo de Cochabamba, Rodrigo Daniel ArandiaTejerina, mediante informe de verificación de reincorporación de 5de septiembre de 2011, hizo conocer a Grover Saúl Morochi Lima, JefeDepartamental de Trabajo, que La empresa AEROSUR S.A. no cumplió conlo dispuesto en la conminatoria JDTC-GSMLIR-02612011, donde a momento de solicitar el libro o control digital de asistencia, le hicieron conocer que la ahora accionante no marcaba ningún control de asistencia por ser Jefa de Departamento (fs. 5).