El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1058/2013 de 12 de julio, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1058/2013 de 12 de julio, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:

Fecha: 12-Jul-2013

INCONSTITUCIONALIDAD

En base a los fundamentos jurídicos precedentemente expresados, el suscrito Magistrado considera que se debió declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 11 incs. a) y b), 47, 125 y 127 de la LGA, por ser contrarios a los arts. 8.II, 14.II, 108.7 y 323.I de la CPE, conforme a los cargos de inconstitucionalidad planteados por el accionante, que resultan ser evidentes; por lo que en ese sentido, expresa su disconformidad con la determinación adoptada por los magistrados de la mayoría y formula su voto disidente respecto a la SCP 1058/2013, de 12 de julio.