Sentencia: 0660/2013-Lde15 de julio
Fecha: 15-Jul-2013
Fragmento 12
En ese entendido es necesario tomar en cuenta que si bien el amparo es el medio idóneo para tutelar los derechos lesionados y aquellos actos de medidas de hecho y avasallamientos a predios sin causa justa, no es menos evidente que la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre exige que la parte accionante demuestre su derecho propietario de manera indiscutible para probar la dominialidad sobre el bien inmueble, toda vez que ésta jurisdicción no puede tutelar sobre derechos controvertidos eincursionar en atribuciones que competen a la vía ordinaria, tomando en cuenta que el derecho a la propiedad, es un tema que debe ser analizado por la jurisdicción civil o agraria de acuerdo a la ubicación del predio, por eso la jurisdicción constitucional exige a los accionantes la carga probatoria que demuestre su derecho propietario indiscutible; por otra parte requiereque se demuestre las vías de hecho, es decir actos que afecten el dominio del derecho propietario sin causa jurídica, requisitos que si son omitidos o no se encuentran debidamente demostrados como en el caso de autos, dan lugar a la denegatoria de la acción de amparo.
- I.1. Problema jurídico.
- concedió
- confirmó en parte
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. Del derecho de propiedad
- puede ser reivindicado el bien por el propietario aún de manos de terceros ejerciendo otras acciones de defensa conforme a lo previsto en el libro V del Código Civil
- y, en caso de controversia es el juez llamado por Ley quien debe resolver la causa dentro de un debido proceso.
- entendimiento asumido en la SC0 148/2010-R, en aras de conceder una tutela oportuna frente a los avasallamientos o justicia por mano propia cuando se evidencia medidas de hecho que atentan contra el derecho propietario y fraccionan el orden normativo que rige el Estado de Derecho, exigiendo el cumplimiento de dos requisitos para acceder a la tutela, demostrar las vías de hecho y el derecho propietario indiscutible sobre el bien,
- una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa,
- II.4. Documento legalizado por funcionario público autorizado previa orden judicial surte efectos jurídicos
- a)
- Fragmento 12
- II.6. Argumentos de la disidencia
- REVOCAR