SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2013-L

Fecha: 08-Jul-2013

El derecho a la libertad, genéricamente considerado, hace referencia a la facultad de toda persona de hacer o dejar de hacer lo que decida, sin intervenciones externas provenientes del Estado o de otros individuos

La SC 0023/2010-R 13 de abril, realizando una conceptualización entre el derecho a la libertad personal y la libertad de locomoción y sobre la tutela de este último a través de la acción de libertad, señaló que:El derecho a la libertad, genéricamente considerado, hace referencia a la facultad de toda persona de hacer o dejar de hacer lo que decida, sin intervenciones externas provenientes del Estado o de otros individuos, dentro de los límites que le impone la Constitución y las leyes. Definición que ya se encontraba en la Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano de 1793, que definía a la libertad, en su mayor acepción, como el '…poder que tiene el hombre de hacer todo aquello que no cause perjuicio a los derechos de los demás' (art. 2).