SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2013-L

Fecha: 08-Jul-2013

I.1.1

Dentro del proceso disciplinario policial seguido en su contra, el 18 de agosto de 2011, fue notificado con requerimiento de inicio de investigación, en base a la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB), de 4 de abril de 2011, por posibles faltas graves cometidas y tipificadas en los arts. 12.8 y 25, y 13.20 de la referida Ley, bajo la dirección del Fiscal Policial, Rubén Caetano Reynolds y el Investigador Marco Antonio Rojas Hurtado, estando a partir de esa fecha a disposición investigativa de la Fiscalía Policial, con lo cual, afirma que se le restringió su libertad de circulación; por lo que, no puede ser cambiado o solicitar su cambio a otro Distrito, tampoco puede gozar de vacación ni ser asignado en viaje de comisión, mientras dure esta etapa.

Indica, que la LRDPB, establece que el plazo máximo de duración de la etapa investigativa es de veinticinco días, quince días de duración máxima y diez días de ampliación autorizada por el Fiscal Departamental de la Policía, plazo que empezó a correr desde el 18 de agosto de 2011; sin embargo, al término del plazo de la etapa investigativa, el 12 de septiembre del año precitado, cuando correspondía emitir un requerimiento de rechazo, al no haber obtenido los elementos suficientes de convicción para sustentar su acusación, emitió de manera ilegal un requerimiento de ampliación del plazo de la etapa investigativa, manteniéndolo dentro del proceso en calidad de denunciado y de esta forma restringiendo ilegalmente su derecho a circular libremente, por veinte días más.

Con estos antecedentes y al haber sobrepasado los plazos y duración máxima del plazo de la investigación, indica, que solicitó al Fiscal -ahora demandado-, el rechazo de denuncia y archivo de obrados; empero, dicha autoridad el 22 de septiembre del mismo año, requirió por no dar lugar a su solicitud, manteniendo la restricción de su libertad de circulación, sin fundamento legal y sin mayor explicación.