Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2013-L
Fecha: 08-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de su derecho a la libertad; toda vez, que solicitó al Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal, audiencia de solicitud de cesación de detención preventiva; sin embargo, la Jueza demandada en suplencia legal, fijó la misma catorce días después, sin considerar la prontitud que debe observarse en este tipo de audiencias.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.3. En cuanto a la observancia del principio de celeridad en la tramitación de solicitud a la cesación a la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR