SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2013-L

Fecha: 18-Jul-2013

1)

Javier Cáceres Aiza, Gobernador del penal “San Pedro”, presentó informe oral en audiencia, bajo los siguientes términos: 1) La modalidad que se aplica en el recinto penitenciario es que a través del Ministerio de Gobierno, se evacúa un informe, el cual si hay observaciones o algún antecedente como en el caso, se debe pasar para conocimiento del asesor jurídico para verificar la procedencia o no de la misma; 2) Se constituyeron en el Juzgado Primero de Trabajo y Seguridad Social y la autoridad estableció que el apremio hace al traslado de la parte demandante para que se pueda llegar a un acuerdo entre partes puesto que la suma que se debe pagar asciende a “Bs46 186.- (cuarenta y seis mil ciento ochenta y seis mil bolivianos)”; 3) La solución radicaría en que se proceda a la notificación a la otra parte y puedan conciliar, en referencia a la notificación del accionante aparentemente existe la notificación realizada al grupo de relaciones internacionales la misma que fue realizada el “25 de octubre”; y, 4) No pudo acceder a fotocopias de esos actuados porque no le permitieron al no ser parte dentro del proceso.