SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
a)
La representante del accionante por intermedio de su abogado, en audiencia amplió su demanda, expresando los siguientes fundamentos: a) Se detuvo a Jorge Leaños Ibarra, sin antes realizar una investigación, pues previamente correspondía su citación, explicándole porqué razones se lo buscaba; b) Después de veinticuatro horas recién fue conducido ante el fiscal, prestando su declaración informativa pasadas las cuarenta y ocho horas; c) El Código de Procedimiento Penal determina los pasos que se debe seguir, frente a la comisión de delitos, en el presente caso no se ha cumplido con dicha normativa, se detuvo al accionante el 7 de noviembre de 2011, un día después recién fue conducido ante el fiscal y “el día de hoy ha sido realizada la audiencia cautelar”; y, d) Ha estado detenido por orden del Juez de Instrucción Mixto y cautelar, no cursa mandamiento pero efectivamente fue privado de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- cumplimiento del principio de subsidiariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR