SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

i)

Las autoridades demandadas, presentaron informe escrito cursante a fs. 18 y vta., manifestando lo siguiente: i) Se emitió Resolución condenatoria contra el accionante por los delitos de cohecho pasivo propio y concusión, posterior a esto el Ministerio Público requirió la imposición de medidas cautelares por lo que se imprimió el trámite establecido; ii) Se convocó a audiencia pública para redefinir la situación procesal del mismo, quién hasta esa fecha gozaba de libertad irrestricta, pese a varios señalamientos de audiencia, legalmente notificado, no asistió a tres de ellas; iii) El 27 de octubre de 2011, un día antes del acto procesal en cuestión, presentó excepción de incompetencia, memorial puesto a conocimiento del representante del Ministerio Público en audiencia, quien se pronunció solicitando sea rechazado por no existir impedimento para que el Tribunal de juicio tramite el acto de medidas cautelares por ser los Jueces naturales; tras esa petición dentro del término que disponen los arts. 314 y 123 del CPP, fue resuelta; iv) Por ello el 31 de ese mismo mes y año, a horas 18:00, conjuntamente la Resolución cautelar que dispuso su detención preventiva, se consignó en un considerando las explicaciones de rechazo, entonces no podría alegarse que no hubo Resolución, la cual no es ampulosa pero contiene los fundamentos de rechazo conforme lo dispuesto en la parte dispositiva de tal determinación; y, v) Consiguientemente no existe nada pendiente por resolver, careciendo el Tribunal de garantías de competencia porque el accionante debió haber interpuesto apelación restringida.