SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2013-L

Fecha: 22-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que ha sido notificada para prestar declaración informativa ante Iván Ortiz Tristán, Fiscal de Materia, el día 5 de agosto de 2011 a horas 10:00, para lo cual se trasladó desde Camiri vía terrestre a horas 05:00, al llegar a la Av. Doble Vía La Guardia, fue sorprendida con el desfile cívico por las fiestas patrias, por lo que tuvo un retraso plenamente justificado, haciéndose presente en el despacho del Fiscal ahora demandado a horas 10:20, explicando lo ocurrido al investigador asignado al caso. Seguidamente con el memorándum CITE 462/2011 de 4 de agosto, expedido por el entonces Fiscal de Distrito Isabelino Gómez Cervero, se apersonó a la autoridad demandada, justificando de esa manera su retraso. En amparo del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP) solicitó, señale día y hora para su declaración informativa policial, asimismo al tenor del art. 223 del mismo ordenamiento legal, pidió se mantenga su libertad para asumir amplia defensa.

Sin embargo, el Fiscal demandado expidió mandamiento de aprehensión en su contra, y al existir el riesgo de ser aprehendida, recurrió ante la Jueza Cuarta de  Instrucción en lo Penal denunciando actividad procesal defectuosa, pidiendo al mismo tiempo nulidad de obrados, por ende el mandamiento de aprehensión  expedido en su contra, cuya petición fue rechazada mediante Resolución de 26 de agosto de 2011, lo que le obligó a acudir ante la justicia constitucional por atentarse contra su derecho a la libertad.