SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2013
Fecha: 16-Jul-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Siendo que en el recurso de impugnación por vía de alzada que interpuso la empresa a la cual representa, en el otrosí señaló de manera expresa domicilio a los efectos de que se proceda con la notificación de las actuaciones posteriores; además, se acompañó el mandato del Gerente General de DISMAMED S.R.L., “E.P. 10/2010 de 8 de enero”, como representante legal.
Sin embargo, la autoridad demandada el 14 de junio de 2012, pronunció Auto de observación, exigiendo ilegalmente el domicilio real y se acompañe poder o mandato expreso, actuación notificada a DISMAMED S.R.L. en la Secretaría, por lo que no tuvo conocimiento y siendo que la empresa ya habría indicado domicilio en el propio recurso de alzada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las notificaciones en procesos por contravenciones tributarias
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR