SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2013

Fecha: 31-Jul-2013

concediendo la tutela solicitada

Concluida la audiencia, la Sala Penal y Administrativa de turno por vacación judicial del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 8 de marzo de 2013, cursante de fs. 54 a 55 vta., “concediendo la tutela solicitada”, con los siguientes argumentos: 1) Según la Constitución Política del Estado y el Estatuto del Funcionario Público, los únicos protegidos en cuanto a la inamovilidad son los funcionarios de carrera, las mujeres embarazadas y el padre progenitor; 2) Según lo manifestado por el demandado, se procedió al cambio por reordenamiento ordenado por el Ministerio de Educación y Deportes, pero toda norma es aplicable siempre que no atente contra las normas constitucionales; 3) La mujer embarazada goza de inamovilidad funcionaria, así lo determina la Constitución Política del Estado en su art. 48.VI, que es concordante con el Decreto Supremo (DS) 12 de 19 de febrero de 2009, que reglamenta las condiciones de inamovilidad laboral de la madre y padre progenitores que trabajan en el sector público o privado; 4) Con el movimiento de funciones, al estar cerca de un basurero municipal, se afecta la salud de la accionante y del ser en gestación; y, 5) No es válido el argumento del demandado en sentido que hay actos consentidos por haber la accionante firmado el acta de posesión, ya que ella reclamó verbalmente para no ser trasladada, lo que no fue leído.