SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2013

Fecha: 31-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Indican que suscribieron un documento privado de anticresis el 28 de diciembre de 2011 sobre la planta baja del inmueble ubicado en el Plan 482, calle 17 1826 de la “ciudad Satélite” de El Alto, que consta de un living comedor, tres dormitorios, cocina, baño con tina y patio con lavandería a compartir.

Arguyen que el 21 de marzo de 2013, sin previo aviso, el demandado Santos Goitia Bejarano, en horas de la mañana comenzó a realizar construcciones clandestinas en el patio del inmueble, cerrándoles el acceso a la cocina y al único baño que les corresponde según el contrato de anticrético, dejando tierra y ladrillos en el patio, así como en la lavandería.

Señalan que el accionante José Hugo Arce Ayllón, días antes del suceso, fue intervenido quirúrgicamente, necesitando de cuidados y del uso de agua, baño y comida, encontrándose perjudicado éste conjuntamente su esposa quienes son personas de la tercera edad, por los actos realizados por el demandado, a quien, le reclamaron por las circunstancias suscitadas, respondiéndoles éste que al ser el propietario del inmueble, no necesitaba pedir permiso a nadie para realizar obras sobre el mismo, desconociendo así el Estado de Derecho en el que vivimos.