Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0323/2013-CA
Fecha: 26-Ago-2013
2°
2° ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por María Teresa Toro Baspineriro de Ayup en representación de la Importadora PROAGI SRL, demandando la inconstitucionalidad del art. 1, última frase “…y otras disposiciones específicas para la administración de las Finanzas Públicas”, las Disposiciones Adicionales Décimo Octava, Décimo Novena y Vigésima, Disposiciones Transitorias y Disposiciones Finales de la Ley del Presupuesto General del Estado gestión 2013.
- Directora Ejecutiva Regional a.i. de la Autoridad de Impugnación Tributaria del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- 2°