Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2013-L
Fecha: 01-Ago-2013
II.4.
II.4. Impugnada la Resolución del recurso de revocatoria, por José David Pérez Murillo en representación de la Radio “Mediterráneo”, fue resuelta mediante RM 202 de 1 de agosto de 2011, por Wálter Juvenal Delgadillo Terceros, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, resolviendo rechazar dicho recurso, con el argumento de que existiría una causal de caducidad de concesión y revocatoria de licencia y no haber el recurrente desvirtuado los cargos formulados en su contra (fs. 1 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La valoración de la prueba es atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR