SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2013-L

Fecha: 01-Ago-2013

Art. 53

En el presente caso, el accionante al no haber impugnado dicha Resolución no agotó los recursos que la ley le confería, por lo tanto incumplió con el principio de subsidiariedad, correspondiendo por ello denegar la tutela solicitada sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, circunstancia que permite que el accionante pueda nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumplan con los requisitos de admisibilidad.