Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2013-L
Fecha: 01-Ago-2013
II.1.
II.1. Mediante sentencia 39/2011 de 19 de abril, emitida por Clovis Espinoza Peláez, Juez Onceavo de Partido en lo Civil y Comercial, dentro del proceso ejecutivo iniciado por Gladys Lobo Cruz contra Augusto Azcui Matos, declaró probada la demanda disponiendo la ejecución de los bienes propios embargados, para que con el producto del remate se pague la suma adeudada de $us19 000.- (diecinueve mil dólares estadounidenses) más intereses (fs. 4 a 6 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2
- III.3. Análisis del caso concreto
- Art. 53
- CONFIRMAR