SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

II.5.

II.5.    Mediante Auto de 18 de septiembre de 2008, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, reguló el honorario del abogado en la suma de     $us11 400.-, que el Banco Unión S.A., debía pagar a favor de la actora a tercero día (fs. 51 vta.). Por memorial de 20 de octubre de 2008, se señala que el referido Auto fue apelado y concedido mediante Auto de 13 de octubre de 2008, sin adjuntar estos obrados (fs. 89).