SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

1)

José Luis García Sandóval, Juez demandado, en audiencia indicó que: 1) Luego de los recursos de casación que interpusieron ambas partes, el 15 de octubre de 2010, asumió competencia para la ejecución de la sentencia, habiéndose cumplido con los requisitos y las formalidades para que se libren los mandamientos de apremio; 2) Los accionantes en una oportunidad, solicitaron se deje sin efecto un mandamiento de apremio, “ordenado” contra la Gerente Administrativa del LAB S.A., con el argumento de que ésta no habría sido demandada y no se apersonó al proceso; 3) Se indica que se encuentra empecinado en señalar que tienen “que ser ellos los que paguen, no lo digo yo, lo dicen en cada uno de sus memoriales los accionantes” (sic), pues consta en dichos memoriales “Grover Villanueva en representación del LAB” (sic); 4) Contra las resoluciones dictadas, tenían el recurso legal de apelación a su alcance, el cual no ha sido interpuesto, por tal motivo pide se declare improcedente la acción de libertad, al no haberse agotado los medios ordinarios de defensa, pues se notificó con la conminatoria mediante cédula judicial hasta en Cochabamba, en la persona de “la Sra. Calderón” (sic), en el domicilio que señalaron; 5) Los accionantes se refieren al último poder con el cual no se encuentran apersonados, simplemente lo acompañaron como prueba junto a la solicitud que hicieron de Virginia Calderón, pues ellos se encuentran apersonados con un mandato del año 2006; y, 6) A la pregunta del Presidente del Tribunal de garantías, señaló que cuando se inició la demanda social, asumió defensa Orlando Vaca Pereira, apersonándose los accionantes en representación del LAB S.A., para interponer recurso de casación contra el Auto de Vista de 6 de noviembre de 2006, siendo aceptada su personería para seguir la tramitación de la causa y resultando ser los únicos que se encuentran apersonados en el proceso, no habiéndose hecho conocer si se revocó el poder, si hay nuevos representantes legales o si hay otro mandato.