Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2013-L
Fecha: 09-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante a través de su representante, sostiene que fueron vulnerados sus derechos a la locomoción y a la propiedad privada, por cuanto sus predios fueron ocupados por desconocidos quienes efectuaron en ellos construcciones precarias que no estarían siendo habitadas, utilizando éstas sólo para ejercer posesión ilegal del predio buscando un beneficio ilegítimo con esa actitud, ya que cuando se trata de ingresar al inmueble serían amedrentados y amenazados de forma violenta. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si es pertinente conceder la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- accionante
- Fragmento 12
- III.3. El plazo de caducidad en medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR