SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2013-L
Fecha: 19-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, consideró lesionados sus derechos a la propiedad privada y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, al haber adquirido un vehículo de un compatriota brasilero suyo, quiso regularizar la situación legal de dicho motorizado acogiéndose al “Programa de Saneamiento Legal de Vehículos” establecida por la Ley 133, que permitía la nacionalización de movilidades dentro del territorio boliviano; sin embargo, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos exigidos para el efecto, en la fecha que le correspondía la revisión técnica en DIPROVE, funcionarios de la Aduana Regional de Cochabamba, procedieron a la incautación de su motorizado para luego ser notificado con el acta de intervención de 6 de junio de 2011, donde se le hizo conocer las razones de la determinación asumida. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.