SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2013-L
Fecha: 19-Ago-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Gregorio Orosco Itamari, Vocal de la Sala Penal Segunda, por informe cursante de fs. 55 a 57, indicó: El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, mediante Resolución judicial 141/2011 de 17 de marzo, dispuso la detención preventiva del ahora accionante, quien posteriormente solicitó la cesación de la misma; empero, el Juez de la causa, denegó dicha solicitud; Resolución que en grado de apelación fue resuelta por su autoridad mediante Auto de Vista 49/2011 de 25 de noviembre, que confirmó la determinación del Juez a quo, bajo ese contexto se interpone la presente acción de libertad al considerar arbitraria esta decisión; toda vez, que el Ministerio Público habría presentado acusación formal por los delitos de encubrimiento y robo agravado y no así por el de asesinato, evidenciándose que las circunstancias que determinaron su detención preventiva, habrían variado; por lo cual, debió haberse determinado la cesación de la misma; empero, a tiempo de emitir el Auto de Vista 49/2011, se tomó en cuenta que la parte querellante aún no había presentado su acusación particular; por otra parte, la audiencia conclusiva todavía no se llevó adelante, bajo esas circunstancias la acusación fiscal no es definitiva, pues la calificación jurídica del delito puede variar, siendo ésta la principal razón para denegar la cesación de la detención preventiva, sin que ello haya vulnerado derechos y garantías; por lo que, solicita se deniegue la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2. Del debido proceso en medidas cautelares y su protección mediante la acción de libertad
- III.3.De la valoración integral o ponderación de los elementos para resolver solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.4. El debido proceso y la motivación y fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 11
- III.5. Análisis del caso concreto
- denega
- R
- 1º