SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

a)

La accionante mediante su abogado, en audiencia se ratificó in extenso en los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción, ampliándola con los siguientes fundamentos: a) Existe otro aspecto fundamental como es la vida ya que la accionante se encontraba en estado de gravidez, que su bebé tiene días de haber nacido y que al no pronunciarse sobre la solicitud de cesación a la detención preventiva, se convierte en una detención indebida; b) El Juez demandado una vez realizada la audiencia de preparación de juicio procedió a señalar audiencia de cesación a la detención preventiva para el “15” de enero de 2012; es decir, cuando ya perdió competencia, razón por la cual no se sabe en que juzgado se llevaría a cabo la misma; c) Con relación a las personas que se encuentran en estado de gravidez la jurisprudencia señala que, la acción de libertad toma dos aspectos fundamentales como son la libertad y la vida, mismas que deben ser respetadas por estar reconocidas por la Constitución Política del Estado; y, d) La mujer embarazada tiene derecho a la maternidad segura, por lo tanto debe gozar de especial asistencia y protección del Estado.