SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

Fragmento 5

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 45 de “28” de septiembre de 2011, cursante de fs. 287 vta. a 290 vta., por la que declaró la “procedencia parcial” de la tutela solicitada; disponiendo: a) La anulación del Auto de Vista de 8 de noviembre de 2010; y, b) Que la Sala Civil Primera dicte nueva resolución, atendiendo el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Constructora Corea; en base a los siguientes fundamentos: 1) Dentro de la acción ejecutiva 27/10, las autoridades ahora demandadas al dictar el Auto de Vista de 17 de noviembre de 2010, reconocieron competencia al Juez de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Quijarro, en consecuencia, no vulneraron disposición alguna; y, 2) Con referencia al Auto de Vista de 8 de noviembre de 2010, dentro del proceso ejecutivo 29/10, al ser una situación idéntica al anterior proceso ejecutivo, las autoridades ahora demandadas vulneraron las reglas del debido proceso y la defensa; ya que el Auto dictado por el Juez inferior declinó competencia a favor del Juzgado Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario; por lo que es un auto interlocutorio de carácter definitivo, de esa manera, no puede ser impugnado por la vía de reposición con alternativa de apelación sino directamente a través de la apelación.