Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Erik Daza Barrientos, abogado de la parte accionante, en audiencia ratificó el contenido de la demanda de acción de libertad, y amplió indicando que interpusieron la presente acción contra el decreto de 27 de septiembre de 2011, emitido por el Tribunal Quinto de Sentencia Penal, puesto que dispuso la detención preventiva del ahora accionante, ante esa resolución existía la imposibilidad legal de interponer apelación ni reposición, motivo por el cual plantearon la presente acción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- improcedente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el auto que imponga una medida cautelar o la rechace es revocable o modificable de oficio
- toda determinación debe realizarse en audiencia, en presencia de las partes procesales y de sus abogados, a fin de que éstos puedan asumir defensa en igualdad de condiciones'
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR