SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Pertenece a un grupo de “Tarijeños en progreso” asentados en los predios de Pampa Galana, donde se eligió una mesa directiva de manera irregular, puesto que sin siquiera haberse emitido convocatoria alguna o asistido a reuniones Dianeth Angélica Flores Flores, tomó la directiva de manera ilegal; posteriormente puso reglas a las que se sometieron todos los asentados, consistentes en cuidar que dentro de los predios que se encontraban no dejen acercarse a ninguna persona de afuera, asimismo, les hacía hacer rastrillaje para cuidar su propiedad de 700 ha.
Por otro lado, los lotes debían ser cancelados hasta $us800.- (ochocientos 00/100 dólares estadounidenses), más otros pagos que les imponía por procesos penales personales que llegó a adquirir Dianeth Angélica Flores Flores, como ser que cada asociado debía cancelar Bs50.- (cincuenta 00/100 bolivianos) o Bs100.- (cien 00/100 bolivianos) para los abogados, si no cumplían en los días establecidos les multaba con el doble; de esa manera, logró hacer un pago de $us600.- (seiscientos 00/100 dólares estadounidenses), empero, no logró cubrir muchos montos debido a que su hijo mayor tenía una enfermedad terminal, ante esa situación solicitó que le permitan tener esa deuda pendiente hasta que su hijo se mejore, para lo que presentó documentos; sin embargo, la amenazaron con derribar su casa en la noche o en la mañana, inclusive con ellos dentro sino cancelaba dicha deuda, si bien ella podría escapar pero su hijo no; motivo por el cual, solicitó la tutela constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y los alcances del principio de informalismo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR