SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

concedió

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 34 “A”/2013 de 27 de mayo, cursante de fs. 196 a 197 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo se deje sin efecto las RRAA 294/2010, 95/11 y 40/2011, debiéndose restituir el referido puesto a favor de la “parte accionada”, en base a los siguientes fundamentos: a) La presente acción está referida a un puesto de venta, que tiene unos 50 centímetros de espacio y que efectivamente, es un medio de ingreso como un medio de trabajo; b) Se establece que se dio un tratamiento no muy regular, ni objetivo, ni fiable; toda vez, que de una u otra manera habría sido el representante de la accionante presionado para que deje el puesto de venta; c) Se llevaron a cabo los “recursos ordinarios” como el revocatorio y el jerárquico que habilitan la competencia constitucional; d) Se trata de un puesto de venta sobre el que la parte interesada ha hecho los respectivos esfuerzos en demostrar a las autoridades pertinentes que le corresponde y debiera de una u otra manera seguir bajo su tuición a efectos que pueda tener un puesto de trabajo; e) Existe una duda razonable, y que en materia constitucional siempre es a favor del accionante; el puesto habría sido abandonado por más de veinte años, siendo esa la duda razonable; y, f) Existe un informe que refiere que efectivamente se habría cambiado de rubro y estaría otra persona en el puesto de venta; es decir, que no existe la plena certeza que haya estado plenamente en abandono siendo también una duda razonable; por lo tanto, precautelando el derecho al trabajo que es un principio constitucional protegido por la Constitución Política del Estado.