SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
Fragmento 10
La SCP 0746/2013 de 7 de junio, en análisis ceñido a la jurisprudencia constitucional señaló lo siguiente: “Habiéndose desarrollado la naturaleza jurídica, los alcances y ámbito de protección de la acción de libertad, es necesario establecer en qué situación se protege el debido proceso mediante la acción de libertad; al respecto la jurisprudencia del anterior Tribunal Constitucional, contenida en las SSCC 1865/2004-R y 0619/2005-R, señaló que, para su tutela deben concurrir dos presupuestos: a) Que el acto ilegal sea la causa directa para la restricción o supresión del derecho a la libertad física o personal; y, b) Que exista absoluto estado de indefensión; es decir, que el accionante no haya tenido la opción de impugnar los actos lesivos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 10
- III.2. La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad: únicamente cuando existe indefensión absoluta, y el acto acusado de ilegal es la causa directa para la privación de libertad
- III.3.
- CONFIRMAR