Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1056/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
II.3.
II.3. Memorial presentado el 19 de noviembre de 2012, por Miguel Ángel Blancourt Aguirre en representación de Germán Robin Jofré Sánchez ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, al que se adjunta el Auto Supremo 047/2012 de 16 de abril, emitido por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a la anulación del Auto Supremo 297 de 23 de noviembre de 2011, que realizó el Tribunal de garantías. El nuevo Auto Supremo, en su parte resolutiva dispone: “…ANULA obrados hasta fs. 462 inclusive, hasta que se celebre una nueva audiencia de debates…” (sic) (fs. 1131 a 1132).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concediéndole
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- a)
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- protección
- III.3. Sobre el debido proceso
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- concedido
- 1° CONFIRMAR en parte