SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

II.2.

II.2.    Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-COARCBA-SPCCR-02/2009 de 7 de agosto, que resolvió: Primero.- El comiso definitivo del vehículo descrito en el Acta de Intervención AN-COA/RCBA C 0176/09 de 17 de julio de 2009, el acta de entrega e inventario de ALBO S.A. de la misma fecha, con la finalidad de que el Supervisor del Procedimiento por Contrabando Contravencional y Remate, promueva y gestione las acciones que correspondan, sea en estricto cumplimiento con lo establecido en el punto resolutivo sexto de la RD 01-011-09, de 9 de junio de ese año, que crea la Supervisoria de Procesamiento por Contrabando Contravencional y Remates y el Decreto Supremo 0220 de 22 de julio de igual año; Segundo.- Determinar los tributos para el vehículo decomisado y detallado en el acta de Intervención Contravencional AN-COA/RCBA C 0176/09 de 17 de julio de 2009, en la suma de “22.053” UFVs, de acuerdo al informe técnico AN-CBBCI-V 0810/09 de 29 de julio de 2009; y, Tercero.- Se notifique con la Resolución Determinativa a Octavio Mercado Anturiano, a la Unidad de Remates de la Gerencia Regional de Aduana Cochabamba y al Gestor de Recinto de la Aduana Interior de Cochabamba, Almacenera Boliviana (ALBO) S.A. con los siguientes fundamentos: i) Que, Octavio Mercado Anturiano, no presentó memorial ni documentación alguna, dentro del plazo que establece el párrafo segundo del art. 98 del CTB;