SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

a)

José Ausberto Parra Heredia, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, en audiencia señaló: a) Que las acciones de libertad interpuestas por Salvador Toro Amaya y Agapito Edil Justiniano Franco, han sido planteadas contra las mismas autoridades; b) Los motivos que fundaron la imputación formal son elementos de convicción del hecho y la autoría, no así pruebas como pretende el accionante hacer creer; estos indicios fueron puestos a conocimiento del Juez de Instrucción Penal quien determinó la detención preventiva, decisión que fue confirmada en apelación; y, c) Las aprehensiones y los arrestos se realizaron en los plazos procesales. Solicitando se declare “improcedente” la acción de libertad.

Edgar Carrasco Sequeiros y William Torrez Tordoya, Vocales de Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, Arturo Vargas Cruz, Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Sexto, del mismo Distrito Judicial -ahora departamento-, no asistieron a la audiencia señalada, ni presentaron informe escrito, pese a su citación cursantes de fs. 52 a 53.