SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante denunció como  vulnerado su derecho a la petición, debido a que, las autoridades demandadas hicieron caso omiso a las dos solicitudes que hizo con relación a que le proporcionen fotocopias legalizadas de todo el procedimiento administrativo que se llevó a cabo en su contra para establecer la clausura y sanción pecuniaria de su Casa de Óptica “Ilusión”; solicitudes que sólo fueron cumplidas parcialmente.

Sin embargo, se evidencia que las solicitudes realizadas, el 16 y 23 de septiembre de 2011, estaban dirigidas al Director del SEDES Cochabamba; quien en el caso presente, sería la autoridad que, hubiera vulnerado su derecho a la petición al no haber dado curso a las mismas; empero el accionante omitió demandarlo.