SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.4.
II.4. En el Estatuto Orgánico de la Asociación de Jubilados Ferroviarios Red Oriental de Santa Cruz, en su art. 9, establece que: “La asamblea general es la Máxima Autoridad de la Asociación de Jubilados Ferroviarios Red Oriental de Santa Cruz, cuyas resoluciones se adoptaran por simple mayoría de los asistentes, salvo los casos especiales en que este ESTATUTO determine un porcentaje de votación diferente; las mismas tienen carácter obligatorio para sus afiliados, siempre que estas se adopten conforme a ley, al estatuto y su reglamento” (sic). En su art. 10 inc. e) señala que son atribuciones de la asamblea general, el resolver en última instancia los conflictos suscitados entre el Directorio de la asociación y los afiliados (fs. 12 a 22).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Del debido proceso administrativo
- “ARTÍCULO 11° (Acción Legitima del Administrado).-
- ARTÍCULO 56° (Procedencia).-
- III.4. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR