SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2013

Fecha: 01-Ago-2013

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 14/2013 de 13 de marzo, cursante de fs. 38 a 39 vta., por la que denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: i) En el caso de autos, se ha podido establecer que existe un proceso penal investigativo contra el accionante, en el que hay un Juez de control jurisdiccional, quien de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, la Ley del Órgano Judicial y la Ley Orgánica del Ministerio Público, es la autoridad encargada de proteger y velar por los derechos de aquellas personas que se encuentran sometidas a un procedimiento de esa naturaleza; por tanto, es a quien se debe acudir cuando se considera que los derechos y garantías fueron vulnerados, a efectos de que se restituyan los mismos, a partir de la rectificación en el procedimiento o de una nueva interpretación de la norma; y, ii) En la presente acción, no se demostró que se hubiera cumplido con lo precedentemente anotado; es decir que, el accionante no acudió ante el Juez cautelar para reclamar la falta de investigación de parte de la Fiscal demandada ni la demora en la devolución del vehículo secuestrado; por lo que, no se puede pretender que la jurisdicción constitucional sustituya a la jurisdicción ordinaria cuando no se agotaron las instancias legales previstas para la protección de los derechos del accionante.