SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2013

Fecha: 01-Ago-2013

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 100/2013 de 2 de abril, cursante de fs. 272 a 277 vta., denegó la tutela solicitada; con el fundamento que: 1) Al haberse presentado los recursos de revocatoria y jerárquico, el accionante convalidó cualquier tipo de irregularidad que hubiere existido con la notificación; 2) Con relación a las imágenes satelitales y que no se puede determinar el momento exacto del desmonte, la jurisdicción constitucional, no puede ingresar a revalorizar la prueba producida al interior de la justicia ordinaria o administrativa, salvo las excepciones establecidas en la SC 0965/2006-R de 2 de octubre, además que el pedido de que se haga una inspección “in visu”, sería solamente para constatar un bosque talado; 3) La extrapolación realizada para la cuantificación de la multa, el Tribunal de garantías consideró apropiado el método para determinar el volumen maderable utilizando el POAF del fundo vecino; y, 4) Las autoridades suscribientes de la Sentencia Agroambiental Plurinacional, no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir.