Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2013
Fecha: 01-Ago-2013
II.1.
II.1. Los accionantes tramitaron en virtud de la Ley 2640, sus solicitudes de resarcimiento, al considerarse víctimas de violencia política en periodos de gobierno inconstitucionales, procesos que concluyeron en todas sus instancias en la vía administrativa, habiéndose emitido las correspondientes resoluciones por las instancias llamadas por ley (fs. 1 a 160).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inmediatez como requisito para la procedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR