SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2013

Fecha: 01-Ago-2013

a)

En ejercicio de su derecho a la dúplica, señaló que: a) Los terceros interesados son de otro barrio, quienes confesaron haber cometido el delito de estelionato, esto debido a que primero avasallaron la propiedad de Alberto Gomez y luego “La Purísima”; y, b) La empresa a la que representa, a diferencia de la afirmación de los terceros interesados, sí estaría inscrita en FUNDEMPRESA de la ciudad de La Paz.

Ahora bien, bajo el principio de unidad de la función judicial previsto en el art. 179.I de la CPE, que estipula que “La función judicial es única…”  todas las jurisdicciones previstas en la Constitución y la justicia constitucional (ejercida por el Tribunal Constitucional Plurinacional y los jueces y tribunales de garantías) tienen la misma autoridad para ejercer la función judicial, están sometidas a la Constitución y al bloque de constitucionalidad (art. 410.II de la CPE) y deben velar por el respeto a los derechos (art. 178 CPE). Esto, debido a que el modelo de justicia plural diseñado por la Constitución se articula y forma una unidad a partir de la posibilidad de que las resoluciones de las diferentes jurisdicciones sean revisadas por el Tribunal Constitucional, a través del control de constitucionalidad en sus tres ámbitos: a) Control normativo, que precautela la compatibilidad de las normas con la CPE y el bloque de constitucionalidad; b) Control tutelar, que resguarda el respeto de los derechos y garantías reconocidas en la Constitución; y c) El control competencial, sobre las competencias asignadas a los órganos del poder público, a las entidades territoriales autónomas y a las jurisdicciones.

a)  Existe registro de la titularidad o dominialidad del bien inmueble en relación al cual se habría ejercido vías de hecho, con el registro de propiedad se generaría el derecho de oponibilidad frente a terceros. En efecto, se adjuntó como prueba documental, el folio real en el que consta que se inscribió el inmueble, lote de terreno denominado “La Purísima”, ubicado en la zona este, camino a Monte Cristo, Cantón Cotoca, provincia Andrés Ibañez del departamento de Santa Cruz, con una superficie total de 51114.95 m2, en el registro de DD.RR. bajo la matrícula 7.01.2.01.0005752 de 18 de junio de 2004, a nombre de la Sociedad Anónima “N.P.K” Bolivia (Conclusión II.1).