Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2013
Fecha: 01-Ago-2013
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado de la parte accionante, ratificó el contenido de su demanda, aclarando que no se reclama respecto a la aprehensión, sino que se denuncia el incumplimiento de plazos por parte del Ministerio Público para la presentación de la imputación formal, hecho que vulnera derechos y garantías constitucionales de su mandante.
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe del Representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y la tutela del debido proceso en virtud al principio de celeridad cuando se encuentra directamente vinculado con el derecho a la libertad
- eficacia,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR