SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2013

Fecha: 01-Ago-2013

concedió en parte

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 102/013 de 15 de abril de 2013, cursante de fs. 129 a 136 vta., concedió en parte la acción de amparo constitucional, disponiendo dejar sin efecto el Auto Supremo 224, debiendo dictarse nueva resolución que deberá estar debidamente motivada, con los siguientes fundamentos: i) Respecto al recurso de casación en la forma, el cual está relacionado con errores in judicando, las autoridades demandadas, indican que no corresponde a la naturaleza jurídica del recurso, pretendiendo que se resuelvan cuestiones de fondo que hacen a la forma como es la valoración probatoria y en el punto que ingresan a resolver lo declaran infundado; ii) En relación al recurso de casación en el fondo, se omite la parte estructural de la sentencia y es que sólo se limita a mencionar normas que sustentan su conclusión, sin realizar la fundamentación legal que debe cumplir; y, iii) Se tiene que los Magistrados demandados incurrieron en incongruencia omisiva, lesionando la garantía al debido proceso ya que debieron pronunciarse fundadamente sobre todos los agravios señalados y es que efectuaron simplemente afirmaciones genéricas sin especificar los motivos que les llevaron a concluir que las infracciones no son ciertas; y, iv) Tampoco se pronunció sobre cuáles fueron los motivos por los que el Tribunal de casación, determinó la improcedencia de los puntos demandados en el mismo.