SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1281/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1281/2013

Fecha: 02-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal iniciado por Fabián Toro Ortega y otra, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal dictó la Resolución 033/2012 de 16 de enero, por la que declaró la extinción de la acción penal en cuanto al Ministerio Público, porque no presentó el respectivo requerimiento conclusivo en la causa dentro del plazo previsto por ley, ni en el conferido por la Jueza cautelar.

Apelado el referido fallo por las presuntas víctimas; el 3 de septiembre de 2012, la Sala Penal Tercera por Auto de Vista 112/2012, revocó la Resolución apelada, el cual contiene componentes que no son los que la norma reconoce, y realiza una interpretación errónea de lo previsto por los arts. 124 y 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), contradiciendo el razonamiento previsto por la jurisprudencia constitucional al efecto; por lo que, se constituye en el acto ilegal que vulnera sus derechos; ya que, pretende continuar un proceso penal en su contra de manera ilegal, siendo que el mismo ya fue declarado extinto, en correcta aplicación de las normas vigentes que rigen la materia.