Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2013
Fecha: 07-Ago-2013
II.2.
II.2. Una vez que la accionante tomó conocimiento de dicha medida, se apersonó al proceso a objeto de plantear el incidente de devolución del vehículo, acreditando para tal efecto su derecho propietario sobre el bien, y su adquisición en fecha anterior a la Resolución de incautación, aclarando que ella no es parte del proceso iniciado (fs. 34 a 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La valoración de la prueba como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria y administrativa
- CONFIRMAR