Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1341/2013
Fecha: 15-Ago-2013
1º REVOCAR
1º REVOCAR la Resolución 139/2013 de 1 de mayo, cursante de fs. 18 a 20 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, debiendo la autoridad demandada o en su caso el Juez en conocimiento actual del proceso, realizar a la brevedad posible la audiencia de cesación a la detención preventiva, siempre y cuando todavía la misma no se hubiese realizado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º