SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2013

Fecha: 15-Ago-2013

a)

La parte accionante a momento de ratificar lo expuesto en su memorial de demanda de acción de libertad, en audiencia amplió el mismo manifestando que: a) El 2 de mayo de 2013, se elaboró el informe de acción directa realizada por Ramiro Yujra Calisaya y el funcionario policial Freddy Huanca Huarachi, señalando a solicitud de Bohdris Fidel Durán Dávalos, Encargado de Proyectos Controladores Fiscales; sin embargo, el acta de declaración se realizó el 1 del citado mes y año, observándose irregularidades en sus firmas y es que sólo tiene la firma del investigador “Apaza Terrazas” en la última hoja; b) La resolución de aprehensión no constaba en el cuaderno hasta el día anterior a la audiencia de acción de libertad a horas 14:40, cuando presentaba su memorial y que pese a haber denunciado este punto a control jurisdiccional, el Juez responde con una resolución contraria a la Constitución; c) La imputación fue entregada de manera extemporánea, es decir, el 3 de mayo de 2013 a horas 15:05; d) Los delitos por el que se la procesa tienen una pena mínima de un año, por lo que no procedería el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); e) Ante la falta de repuesta a un primer memorial, a través de otro dirigido a la Jueza de Sentencia Penal de Turno, indicó que al no haberse dado respuesta, se disponga su inmediata libertad, anunciando además excesos y apartamiento de la SC “77/2011”; f) Con la formulación de estos dos memoriales  a horas 11:40 y 14:48 ambos el 3 de igual mes y año, se cumplió con el requisito de subsidiariedad, estando disponible la vía constitucional; y, g) Por lo relatado existe detención y persecución ilegal, violando la seguridad jurídica y al debido proceso.