Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2013
Fecha: 15-Ago-2013
II.3.
II.3. A través de escrito de 3 de mayo de 2013, a horas 14:45, Nora Limachi Zarzuri, señaló al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, que al no existir respuesta al memorial presentado en horas de la mañana, existe exceso y apartamiento de la SC 0774/2010, indicando que todavía no existe control jurisdiccional (fs. 3 y vta.).
- acción de libertad
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Juez cautelar, autoridad idónea para conocer las lesiones a derechos fundamentales y garantías constitucionales
- estando establecido que el control de la legalidad formal y material de la aprehensión corresponde al juez cautelar, la jurisprudencia de este Tribunal ha determinado que el control que efectúa la autoridad judicial sólo puede ser revisado en esta jurisdicción cuando las ilegalidades cometidas en la aprehensión no fueron observadas ni reparadas por las autoridades judiciales competentes
- CONFIRMAR